VISTO: la necesidad de mantener
el
licenciamiento y la asistencia
técnica correspondiente al sistema de respaldo utilizado por
Ursea;
RESULTANDO: I) que la Jefatura de Sistemas
de Información y Bases de Datos, informa que las licencias de Software
IBM
utilizadas en el sistema de respaldo de esta Unidad Reguladora han vencido el
día 30 de setiembre de 2019, y que la evaluación de la empresa Infotech que proveyó los mismos fue
positiva;
II) que dicha
empresa fue la que diseñó y ha venido
dando soporte al esquema de respaldo de Ursea desde el año 2012, por lo
que se le
solicitó propuesta de servicios a contratar para: a) Mantenimiento de
licencias
de software, a efectos de renovar el licenciamiento ya adquirido del software
de IBM (IBM Spectrum Protect e IBM Spectrum Protect for Mail) cotizando las
mismas a $ 82.314 más IVA y b) Asistencia Técnica de Sistema de
Respaldos, cotizando
a $ 17.000 mensuales más IVA;
III) que asimismo se
informa que, con el objetivo
de minimizar el riesgo de pérdida de información ante eventuales
fallas en el
esquema de respaldo, se propone la contratación de un servicio que
proporcione
un mantenimiento preventivo y correctivo a la operativa e infraestructura
involucrada, el cual se
dimensionó en
seis horas mensuales con el detalle que se encuentra en la propuesta comercial
de la empresa INFOTECH;
IV) que, la citada
empresa es única proveedora de
los mismos y asociada de negocios certificada para el tipo de licencias
IBM;
V) que la
División Gestión de Recursos sugirió la
contratación en el marco
del Articulo 33
Literal C) Numeral 3), Compra Directa por Excepción, en el ejercicio de
atribuciones delegadas, según Resolución del Poder Ejecutivo
Nº 457/991 de 27
de junio de 1991 y que la
intervención
se realice en el marco de lo dispuesto por el artículo cuarto de la
Ordenanza
Nº72 del Tribunal de Cuentas. La erogación sería con cargo a fondos del Proyecto 972
“Informática”,
Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”,
por un monto en ejercicio 2019
por un total de $ 141.903
con IVA incluido (mantenimiento de licencias y dos meses de soporte en
ejercicio 2019, más un monto de $ 207.400 con IVA incluido (10 meses de
soporte
en ejercicio 2020);
CONSIDERANDO: I) que siendo el
monto total de
la compra que tratan estos obrados es menor a tres compras directas comunes de
ejercicio 2019, la Auditoría Tribunal de Cuentas, de acuerdo a la
Ordenanza 72
artículo 4, procederá a intervenir el gasto en el momento del
pago;
II) que la
renovación del licenciamiento comenzará
con fecha 1º de octubre de 2019 en tanto la renovación del servicio
de soporte
comenzará con fecha 1º de noviembre de 2019;
III) que procede
adoptar resolución adjudicando la
compra directa por
excepción;
ATENTO: a lo dispuesto en el Texto
Ordenado
de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) aprobado por Decreto
Nº
150/012 de 11 de mayo de 2012, a lo establecido en el artículo 4º
de la
Ordenanza 72 del Tribunal de Cuentas y a lo establecido por el Poder Ejecutivo
en la Resolución Nº 457/991 de 27 de junio de 1991 y a lo expuesto;
EL DIRECTORIO
en ejercicio de atribuciones
delegadas
RESUELVE:
1)
Adjudícase la compra directa al amparo del artículo 33 literal
“C” numeral 3º
del TOCAF, a la empresa INFOTECH Ltda del servicio de mantenimiento de
licencias de Software IBM, por el plazo a contar del 1º de octubre de 2019
al
30 de setiembre de 2020, de los siguientes productos: a) ciento seis (106) IBM
Spectrum Protect, por un precio de pesos uruguayos cuarenta y dos mil
doscientos noventa y cuatro ($ 42.294) más IVA; b) treinta (30) IBM
Spectrum
Protect for Mail, por un precio de pesos uruguayos cuarenta mil veinte ($
40.020)
más IVA. El total asciende a pesos uruguayos cien mil
cuatrocientos
veintitrés ($ 100.423) IVA incluido.
2)
Asimismo adjudicar a dicha empresa en iguales condiciones, la compra de
asistencia técnica de sistema de respaldos a brindar desde el 1º de
noviembre
de 2019 al 31 de octubre de 2020, por un precio mensual de pesos uruguayos
diecisiete
mil ($ 17.000) más IVA. Se ejecutará dos meses en el ejercicio
2019 y diez
meses en el ejercicio 2020.
3) Autorizase
la inversión con cargo al Programa 482, "Regulación y Control",
Proyecto 972 “Informática”, Financiación 1.2
“Recursos con Afectación
Especial”,.
4) Disponer
que se proceda a la intervención de los gastos en el momento del pago del
precio, según lo establece el artículo cuarto de la Ordenanza
Nº 72 del
Tribunal de Cuentas de fecha 23 de mayo de 1996.
5)
Notifíquese, comuníquese. Siga a la División
Gestión de Recursos
(Administración y Finanzas) a sus efectos
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